La provincia de Sechura cada vez mas cerca de lograr la Universidad, que venia reclamando cono una necesidad de carácter prioritario, para el beneficio de su población joven académica, que necesitaba una entidad académica de esta naturaleza para formar profesionales acorde con las necesidades del desarrollo provincial La RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 118-2024-MINEDU, señala en su parte final que:
"De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° Ley N° 32101, Ley que crea la Universidad Nacional de Sechura y contando con pliego presupuestario; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", modificado por las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Constituir la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Sechura, la misma que estará integrada por:
- WAYKY ALFREDO LUY NAVARRETE, en el cargo de Presidente;
- JOSE DEL CARMEN PAICO CHERO, en el cargo de Vicepresidente Académico; y,
- JORGE OSWALDO ECHEVARRIA FLORES, en el cargo de Vicepresidente de Investigación.
Artículo 2.- Disponer que para los miembros de la Comisión Organizadora, señalados en el artículo 1 de la presente Resolución, resultan de aplicación las excepciones señaladas en los literales a), b), c) y d) del numeral 7.7 del acápite VII de las Disposiciones Complementarias del Documento Normativo denominado "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y modificado con las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU.
La excepción dispuesta culmina con la formalización del pliego presupuestal de la Universidad Nacional de Sechura, y se cuente con la disponibilidad de los recursos para el desarrollo de sus actividades.
Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Sechura remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la vigencia de la presente Resolución, un informe especifico detallando las acciones dispuestas para la formalización y habilitación del pliego presupuestal de la citada universidad pública, en virtud del literal e), numeral 6.1.9 del Documento Normativo que regula el funcionamiento de las Comisiones Organizadoras, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modificado por las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica"